Puesta en escena de la sala: El Octavo Circuito decide quién puede demandar a quién

A la hora de decidir si se presenta una demanda, es imperativo que se presente contra la parte apropiada. El mero hecho de que un daño sea atribuible a una persona o entidad específica no significa que sea la persona o entidad adecuada para demandar. Como sostuvo recientemente el Octavo Circuito en el caso Vandewarker v. Continental Resources, Inc., para que la demanda se sostenga, debe determinarse que el demandado le debe al demandante algún tipo de beneficio.

Los hechos
Benjamin Vandewarker era empleado de Great Western Resources. Continental Resources, Inc. contrató a Great Western como contratista independiente. Como contratista independiente de Continental, Great Western debía medir los niveles de aguas residuales en los tanques de retención de Continental en los sitios de pozos de Continental en Dakota del Norte. Como empleado de Great Western, Vandewarker debía medir los niveles de aguas residuales y transportarlas desde los tanques de retención. Para acceder a los tanques de retención, Vandewarker tenía que subir una escalera metálica que corría al lado del tanque. En una ocasión, Vandewarker se cayó de 3 a 4 metros de una de las escaleras. La caída fue causada por un perno suelto en la escalera, que a su vez, hizo que la escalera se desconectara.

La demanda
Vandewarker presentó una demanda contra Continental en un tribunal federal por negligencia, negligencia grave e imposición intencional de angustia emocional. Vandewarker alegó que Continental no inspeccionó ni mantuvo adecuadamente la escalera y no le proporcionó a Vandewarker un entorno de trabajo seguro. Durante su declaración, Vandewarker afirmó que Continental sabía que la escalera era defectuosa porque Vandewarker le había informado del hecho dos días antes de su caída.
Continental no discutió la afirmación de Vandewarker de que tenía conocimiento de la escalera defectuosa. Sin embargo, Continental trató de desestimar la demanda de Vandewarker, alegando que no le debía a Vandewarker ninguna obligación de hacer seguras sus instalaciones. Según Continental, como Vandewarker era un empleado de Great Western, que era un contratista independiente de Continental, Continental no tenía derecho a ejercer ningún control sobre el trabajo que realizaba Vandewarker y, por tanto, no existía una obligación de Continental hacia Vandewarker. El distrito federal estuvo de acuerdo y desestimó el caso de Vandewarker.

El recurso de casación
Vandewarker recurrió ante el Tribunal de Apelación del Octavo Circuito de los Estados Unidos. En la apelación, el Octavo Circuito sostuvo que para responsabilizar a un demandado por negligencia, éste debe tener la obligación de proteger al demandante de las lesiones. Un empleador puede deber a un contratista independiente dicha obligación en virtud de "una disposición contractual expresa que otorgue al empleador el derecho a controlar los detalles operativos del trabajo del contratista independiente, o por el ejercicio real del empleador de retener el control del trabajo". Vandewarker alegó que existía una obligación respecto a Continental por cualquiera de los dos motivos.

El Octavo Circuito no estuvo de acuerdo. En cuanto a la disposición contractual expresa, el contrato entre Great Western y Continental realmente colocaba la carga de la seguridad en Great Western, no en Continental. En cuanto a si Continental controlaba y supervisaba activamente el trabajo de Vandewarker, el Octavo Circuito declaró que "'el mero hecho de proporcionar equipos [al empleado de un contratista independiente] no es el tipo de control que crea una obligación'". En cambio, debe demostrarse que el empleador supervisó o controló directamente el uso del equipo o instruyó al contratista independiente sobre el uso del equipo. Según el Octavo Circuito, Vandewarker no presentó ninguna prueba de que Continental supervisara directamente su trabajo o le instruyera sobre el uso del equipo. En consecuencia, el Octavo Circuito confirmó la desestimación del caso de Vandewarker por parte del tribunal de distrito.

La lección
El hecho de que un trabajador realice un trabajo que beneficia a una parte no significa necesariamente que el trabajador pueda responsabilizar a esa parte si el trabajo sale mal. Por lo general, el trabajador debe determinar de quién era la responsabilidad de supervisar al trabajador o de hacer que el entorno de trabajo fuera seguro. Este suele ser el caso cuando el trabajador es un contratista independiente.

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